Responsables de Capacitación sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales en la Ciudad de México.


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INFODF TIPS
TRIGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL INFODF (12/09/2012)

RR.SDP. 0079/2012

TIP: Cuando no sean localizados los datos personales en los sistemas de datos del ente, se hará del conocimiento al interesado a través de un acta circunstanciada, debidamente fundada y motivada, la recomendación consiste en realizar una búsqueda exhaustiva en los sistemas que existan en otra área o unidad administrativa del ente, antes de declarar su inexistencia.
Art. 32 y 35 de la LPDPDF

RR.SIP.1055/2012

TIP: En todo momento se debe asegurar la protección de los datos personales, el primer paso es realizar la búsqueda exhaustiva y la localización de la información, cuando la información sea de acceso restringido el responsable de la clasificación deberá notificarlo de inmediato a la Oficina de Información Pública mediante informe debidamente fundado y motivado, y ésta deberá remitirlo de inmediato a la consideración del Comité de Transparencia, quien respetará la voluntad del titular de la información y no podrá publicarla si NO media el consentimiento expreso del titular de los datos, lo anterior evitará que en la resolución del InfoDF se ordene la vista al Órgano de Control Interno.
Art. 11, 50, 61 de la LTAIPDF

RR.SIP.1179/2012

TIP: El principio de máxima publicidad, encuentra su limitación ante la información restringida, por lo que ante solicitudes que requieran datos personales de terceros, solo y solo sí se podrá dar la información cuando el titular de los datos, manifieste su consentimiento expreso. Lo anterior a fin de evitar un apercibimiento o la vista al Órgano Interno de Control Interno.
Art. 8, 11 y 50 de la LTAIPDF

 


 

DÉCIMA SEPTIMA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL INFODF (09/05/2012)

!Recuerda que!

RR.SIP.304/2012

TIP: Si la información solicitada, el Ente Obligado la genera dentro de los 10 días que tiene para contestar, el Ente deberá dar respuesta una vez que cuente con la información dentro del plazo de los 10 días.

RR.SIP.03832012

TIP: Todas las solicitudes de información deben de ser atendidas, si estás no contienen una petición clara y precisa el Ente tiene la obligación de prevenir al particular para que aclare su solicitud.

Art. 47 de la LTAIPDF

 


 

DÉCIMA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL INFODF (02/05/2012)

!Recuerda que!

RR.SIP.0257/2012

TIP: Todas las solicitudes de información deberán ser atendidas, aún aquellas en las que exista reincidencia de lo requerido, a fin de evitar un apercibimiento o vista al Órgano Interno de Control.

 


 

DÉCIMA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL INFODF (25/04/2012)

¡Recuerda que!

RR.SIP.0284/2012

TIP: Principio de gratuidad. Cuando la información solicitada exceda el límite de capacidad que soporta Infomex ó el correo electrónico; el Ente Obligado, además de informar el costo para la entrega de la información por medio magnético, deberá hacer mención del acceso que tiene el recurrente para la consulta directa.

Art. 48 Y 54 de la LTAIPDF

RR.SIP.0335/2012

TIP: En todas las respuestas a las solicitudes de acceso a la información pública, o de derechos ARCO, se deberá tener el máximo cuidado en la protección de los datos personales, a fin de evitar violar otras disposiciones legales.

RR.SIP.0636/2012

TIP: Las respuestas a las solicitudes de información, deben contestarse por el medio indicado por el requirente, verificando que contenga los archivos adjuntos en caso de que los hubiere.

Art. 11 de la LTAIPDF